IRPF
Todas las personas físicas que realicen actividades económicas
tienes que darse de alta en la AEAT y cumplir las siguientes obligaciones
fiscales cualesquiera que sea su volumen de ingresos.
ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL Y SIMPLIFICADA
- Se realizan 4 pagos fraccionados trimestrales (modelo 130), en los 20 días
naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Es el 20%
de la diferencia entre ingresos y gastos desde el inicio del ejercicio económico
hasta el final del trimestre respectivo.
- Se realizan 4 pagos trimestrales (modelo 110 y 115) en los 20 días naturales
siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Corresponde a las retenciones
a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades de los rendimientos
del trabajo y de los arrendamientos de locales de negocio.
- Se realizan los resúmenes anuales de retenciones a cuenta del IRPF e
Impuesto sobre Sociedades. Del 1 al 20 de enero. Modelos 180 y 190 informativos,
relativos a locales de negocio o a retenciones de rendimientos del trabajo.
- Se realiza del 1 de mayo al 30 de junio la declaración anual de IRPF.
- Se realiza la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades en los 25 días
naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social.
ESTIMACIÓN OBJETIVA
- Se aplica a empresariado, y profesionales cuyas actividades estén incluidas
en la OM 13-2-98 que desarrolla el régimen y no hayan renunciado a su
aplicación.
- Se realizan 4 pagos fraccionados trimestrales (modelo 131), en los 20 días
naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Es el 5% máximo,
aplicando los módulos fijados en la Orden.
- Se realizan 4 pagos trimestrales (modelo 110 y 115) en los 20 días naturales
siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Corresponde a las retenciones
a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades de los rendimientos
del trabajo y de los arrendamientos de locales de negocio.
- Se realizan los resúmenes anuales de retenciones a cuenta del IRPF e
Impuesto sobre Sociedades. Del 1 al 20 de enero. Modelos 180 y 190 informativos,
relativos a locales de negocio o a retenciones de rendimientos del trabajo.
- Se realiza del 1 de mayo al 30 de junio la declaración anual de IRPF.
- Se realiza la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades en los 25 días
naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social.
SOCIEDADES
Todas las personas jurídicas que realicen actividades
económicas tienes que darse de alta en la AEAT y cumplir las siguientes
obligaciones fiscales cualesquiera que sea su volumen de ingresos.
ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL
- Deberán llevar su contabilidad de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio:
Plan General de Contabilidad.
- Se realizan 3 pagos fraccionados trimestrales (modelo 202), en los 20 días
naturales siguientes a la finalización de los tres, 9 y 11 meses de cada año
natural.
- Se realizan 4 pagos trimestrales (modelo 110 y 115) en los 20 días naturales
siguientes a la finalización de cada trimestre natural.
- Corresponde a las retenciones a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades
de los rendimientos del trabajo y de los arrendamientos de locales de negocio.
- Se realizan los resúmenes anuales de retenciones a cuenta del IRPF e
Impuesto sobre Sociedades. Del 1 al 20 de enero. Modelos 180 y 190 informativos,
relativos a locales de negocio o a retenciones de rendimientos del trabajo.
- Se realiza la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades en los 25 días
naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social.
IVA
Todas las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades
económicas sujetas a IVA tienen que cumplir estas obligaciones fiscales cualquiera
que sea su volumen de actividad.
Están sujetas a IVA las ventas o prestación de servicios que realicen
empresarios y empresarias o profesionales en el ejercicio de su actividad económica, salvo
que estén exentas de IVA como ocurre con la enseñanza, los seguros o la
asistencia sanitaria.
ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL
- Se realizan 4 liquidaciones trimestrales (modelo 300), en los 20 días
naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural, excepto el
último trimestre que se hará hasta el día 31 de Enero.
- Es la diferencia entre el IVA devengado y el IVA soportado de ese trimestre
natural.
- Se realiza el resumen anual en la declaración informativa 390 del 1 al 31
de enero.
ESTIMACIÓN SIMPLIFICADA
- Se realizan 4 liquidaciones trimestrales (modelo 310 y 311 el último trimestre),
en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural,
excepto el último trimestre que se hará hasta el día 31 de Enero.
- Es la diferencia entre el IVA devengado calculado según módulos objetivos
y el IVA soportado de ese trimestre natural.
- Se realiza el resumen anual en la declaración informativa 390 del 1 al 31
de enero.