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Fiscalidad PDF Imprimir


IRPF

Todas las personas físicas que realicen actividades económicas tienes que darse de alta en la AEAT  y cumplir las siguientes obligaciones fiscales cualesquiera que sea su volumen de ingresos.

ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL Y SIMPLIFICADA
- Se realizan 4 pagos fraccionados trimestrales (modelo 130), en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Es el 20% de la diferencia entre ingresos y gastos desde el inicio del ejercicio económico hasta el final del trimestre respectivo.
- Se realizan 4 pagos trimestrales (modelo 110 y 115) en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Corresponde a las retenciones a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades  de los rendimientos del trabajo y de los arrendamientos de locales de negocio.
- Se realizan los resúmenes anuales de retenciones a cuenta  del IRPF e Impuesto sobre Sociedades. Del 1 al 20 de enero. Modelos 180 y 190 informativos, relativos a  locales de negocio o a retenciones de rendimientos del trabajo.
- Se realiza del 1 de mayo al 30 de junio la declaración anual de IRPF.
- Se realiza la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social.
ESTIMACIÓN OBJETIVA
- Se aplica a empresariado, y profesionales cuyas actividades estén incluidas en la OM 13-2-98 que desarrolla el régimen y no hayan  renunciado a su aplicación.
- Se realizan 4 pagos fraccionados trimestrales (modelo 131), en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Es el 5% máximo, aplicando los módulos fijados en la Orden.
- Se realizan 4 pagos trimestrales (modelo 110 y 115) en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural. Corresponde a las retenciones a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades  de los rendimientos del trabajo y de los arrendamientos de locales de negocio.
- Se realizan los resúmenes anuales de retenciones a cuenta  del IRPF e Impuesto sobre Sociedades. Del 1 al 20 de enero. Modelos 180 y 190 informativos, relativos a  locales de negocio o a retenciones de rendimientos del trabajo.
- Se realiza del 1 de mayo al 30 de junio la declaración anual de IRPF.
- Se realiza la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social.

SOCIEDADES

Todas las personas jurídicas  que realicen actividades económicas tienes que darse de alta en la AEAT  y cumplir las siguientes obligaciones fiscales cualesquiera que sea su volumen de ingresos.

ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL
- Deberán llevar su contabilidad de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio: Plan General de Contabilidad.
- Se realizan 3 pagos fraccionados trimestrales (modelo 202), en los 20 días naturales siguientes a la finalización de los tres, 9 y 11 meses de cada año natural.
- Se realizan 4 pagos trimestrales (modelo 110 y 115) en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural.
- Corresponde a las retenciones a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades  de los rendimientos del trabajo y de los arrendamientos de locales de negocio.
- Se realizan los resúmenes anuales de retenciones a cuenta  del IRPF e Impuesto sobre Sociedades. Del 1 al 20 de enero. Modelos 180 y 190 informativos, relativos a  locales de negocio o a retenciones de rendimientos del trabajo.
- Se realiza la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio social.

IVA

Todas las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades económicas sujetas a IVA tienen que cumplir estas obligaciones fiscales cualquiera que sea su volumen de actividad.
Están sujetas a IVA las ventas o prestación de servicios que realicen  empresarios y empresarias o profesionales en el ejercicio de su actividad económica, salvo que estén exentas de IVA como ocurre con la enseñanza,  los seguros o la asistencia sanitaria.
 

ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL
-
Se realizan 4 liquidaciones trimestrales (modelo 300), en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural, excepto el último trimestre que se hará hasta el día 31 de Enero.
- Es la diferencia entre el IVA devengado y el IVA soportado de ese trimestre natural.
- Se realiza el resumen anual en la declaración informativa 390 del 1 al 31 de enero.

ESTIMACIÓN SIMPLIFICADA
-
Se realizan 4 liquidaciones trimestrales (modelo 310 y 311 el último trimestre), en los 20 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural, excepto el último trimestre que se hará hasta el día 31 de Enero.
- Es la diferencia entre el IVA devengado calculado según módulos objetivos  y el IVA soportado de ese trimestre natural.
- Se realiza el resumen anual en la declaración informativa 390 del 1 al 31 de enero.

 
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